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El verdadero nombre es impuesto a los créditos y débitos bancarios , pero se hizo popular y manifiesto por una de sus  aplicación más visible al público, como la que ocurre cuando alguien revisa su cuenta corriente y nota que por cada cheque depositado o pagado (acreditado o debitado) hay un debito extra.

Es un impuesto absolutamente distorsivo, originariamente su aplicación se fundó en la emergencia económica y social , por lo tanto, llevaba implícito el compromiso de reducirlo o suprimirlo, cuestión que lejos está de cumplirse, parecido a lo que pasa con las retenciones al agro.

Este impuesto no es nuevo en Argentina , con algunas diferencias e idas y vueltas está presente entre nosotros desde 1976, su actual versión nació en el 2001 con la llamada Ley de Competitividad Nº25413.

Dicha ley define como hechos gravables a los créditos y débitos en cuenta corriente bancaria fijando una tasa máxima del 6 por mil (0.6%) y estableciendo que el tributo recaerá sobre los titulares de las cuentas respectivas, actuando las entidades financieras como agentes de liquidación y percepción, entre otros aspectos.

O sea que el porcentaje que se aplica es un 0.6 % del monto a debitar o acreditar, en una cuenta corriente y se cobra al titular de la cuenta.

La ley no es muy clara en su letra, en su párrafo inicial habla de cuentas corrientes pero luego a lo largo de su redacción solo hace alusión a la palabra cuenta, en su aplicación diaria solo se hace sobre las cuentas corrientes.

‘ Una acreditación en una cuenta corriente, tanto desde una cuenta de ahorro o por el depósito de un cheque es gravada por el 0.6%. ’

‘ Un débito en una cuenta corriente, tanto por transferencia a una cuenta de ahorro o el cobro de un cheque es gravada por el 0.6%. ‘

‘ No importa el método utilizado para debitar o acreditar en una cuenta corriente, estas operaciones siempre serán gravadas.’

Ejemplos de aplicación

Cuando se cobra un cheque, se retira de la cuenta corriente el monto del cheque para el cobrador y un el 0.6% del  valor del cheque que va al estado, si tenemos en cuenta que ese monto tuvo que ser acreditado en algún momento previo en la cuenta, esa acreditación estuvo gravada por otro 0.6% , por lo tanto por cada transacción hecha por cheque el estado recauda el 1.2% del monto.

¿Cuanto me deben pagar de más , para cubrir el impuesto al cheque?

Cálculos

Si quieres recibir en tu cuenta X cantidad de dinero y el impuesto que te cobran es I
entonces tienes que pedirle al deudor A cantidad de dinero :

A= X / (1-I)
I expresado en decimal ( ej: 0.6% = 0.006 , 1.2% = 0.012 )

Te doy un ejemplo.
Si  necesitas que te paguen 100 y el impuesto es de 0.6%
entonces
A = 100 / ( 1 – 0.006) = 100.6036
tu cliente pagara 100.6036 y después del descuento te quedara en 100 .

Debito fiscal para deducir de impuesto a las ganancias

Cabe mencionar que se ha dispuesto una baja de la tasa general (que entre los créditos y los débitos en las citadas cuentas suma 1,2%) que se produce en realidad mediante la mecánica del llamado “pago a cuenta” de otros impuestos.

 

En otras palabras la tasa sigue siendo la misma pero se abre la alternativa de utilizar una porción de ella para aplicar al pago del impuesto a las ganancias (IG) y a la ganancia mínima presunta (GMP). Es destacable el hecho de que solamente puede tomarse a cuenta de estos impuestos, y no del IVA o de Bienes Personales.

Se tomará como pago a cuenta el 34% del impuesto aplicado a las ACREDITACIONES en cuentas de entidades financieras. Es decir, sobre el 0,6%, ya que el otro 0,6%, sobre los débitos, no originará créditos fiscales.

Exentos

No abonarán este gravamen acreditaciones de haberes, jubilaciones y pensiones ni las extracciones que se realicen a su respeto .

Los  créditos y débitos que sean integrados, además, por sumas que por provenir de «haberes, jubilaciones y pensiones» están exentos del tributo, porque en tal caso la tarea será sumamente laboriosa y de cierto costo, al tener que discriminar y establecer hasta qué importe los débitos están exentos y cuándo el importe debitado no queda exento ya.

Quedan excluidos

La propia ley excluye del gravamen al Estado Nacional, Provincial, Municipal incluyendo a la Ciudad de Buenos Aires y a las reparticiones que funcionan en cada una de sus respectivas jurisdicciones. A Las representaciones diplomáticas y consulares extranjeras acreditadas, a condición de reciprocidad . Así como a las entidades reconocidas como exentas por la Dirección General Impositiva de la Administración Federal de Ingresos Públicos, en virtud de lo dispuesto por la ley de impuestos a las ganancias .

También quedan excluidos, por el primer apartado que sigue al inciso c): «Los créditos y débitos correspondientes a contra asientos por error o anulación de documentos no corrientes previamente acreditados en cuenta» así como «los créditos y débitos realizados entre el Banco Central de la República Argentina y las instituciones comprendidas en la ley de entidades financieras o entre éstas entre sí».

ARTÍCULO 3º

El producido de este impuesto queda afectado a la creación de un Fondo de Emergencia Pública que administrará el Poder Ejecutivo nacional con destino a la preservación del crédito público y a la recuperación de la competitividad de la economía otorgándole preferencia a la actividad de las pequeñas y medianas empresas.

¿¿ Quién controlará esto ?? Según el gobierno no hay inflación, hay un PBI record , superávit en casi todas las variables económicas , crecimiento, reservas de divisas .. retenciones , cumplimiento en el pago de impuestos histórico .. básicamente salimos del pozo y no hay pobreza ..  según el gobierno !!
No sería hora de eliminar este impuesto, si salimos de la crisis y el INDEC dice que todo está de lujo .

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12 Comment(s)

  1. excelente la nota sobre este impuesto, fue muy aclaratoria de mis dudas
    saludos

    lucia | Abr 29, 2009 | Reply

  2. mi duda es la siguiente: al cobrar un cheque por ventanilla, emitido este por una entidad aseguradora; tambien me descuentan dicho porcentaje o solo al dueño de la cuenta?

    yiyí | Jun 12, 2009 | Reply

  3. Solo se descuenta al titular de la cuenta corriente , la aseguradora en este caso.
    El tema es si en el banco te aceptaran pago por ventanilla , muchas veces te condicionan (si son cheques grandes) a que lo deposites en una cuenta corriente tuya y ahi tambien te decuentan a vos.
    Saludos

    Mr. TRADER | Jun 12, 2009 | Reply

  4. Buen dia, mi consulta es q en mi nuevo trabajo hasta q entre en el sistema de deposito de sueldo en mi caja de ahorro, me dieron un cheque el cual lo deposite en mi Caja de Ahorro Sueldo (No cuenta corriente), y me debitaron el 0,6% del mismo.
    Segun mi criterio no es correcto, alguien me puede dar una mano?
    Gracias
    Saludos

    Alejandro Jodar | Jul 15, 2009 | Reply

  5. Voy a recibir de un cheque de una compañía aseguradora, mi duda es: ¿Me conviene depositarlo en mi caja de ahorros (que es cuenta sueldo y permiten hacelo?, o ¿depositarlo en una cuenta corriente del Banco emisor?

    Gracias

    Rosana | Jul 15, 2009 | Reply

  6. Alejandro, en cuentas de ahorro no hay impuesto al cheque, lo que me parece raro es que depositen un cheque ahi.

    Saludos

    Mr. TRADER | Jul 16, 2009 | Reply

  7. Rosana , lo ideal seria cobrarlo por ventanilla en la sucursal que lo emitio, por temas de clearing seria el banco que te lo podria dar por ventanilla.Asi evitas el impuesto.
    Recordar que no se pueden cobrar por ventanilla cheques mayores de 50.000 pesos , salvo ue sea el propio titular dela CC .

    Saludos

    Mr. TRADER | Jul 16, 2009 | Reply

  8. Muy buena la nota… Me aclaro las dudas que tenia. Gracias.

    Ariana | Jul 17, 2009 | Reply

  9. Mr, Trader gracias por responder, en cuestion ese cheque lo deposite yo en mi caja de ahorro sueldo, aca es costumbre (Banco Santa Cruz)que cuando cambias de trabajo el banco para no hacer todo el tramite nuevamente te mantiene el mismo numero de cuenta … el 1 de junio arranque en un nuevo lugar de trabajo y los primeros dias de julio me pagaron mis haberes con un cheque (del cual los fondos provienen de una cta cte), esto lo hicieron ya que todavia no me lo depositan en mi caja de ahorro.
    La cuestion es q no lo quise cobrar, digo lo deposito y me manejo con la tarjeta de debito con todo lo q implica (no andar con tanto efectivo, devolucion de iva, etc), la sorpresa llego con el descuento del 1,2 por mil del importe del cheque … fui a reclamar y me salieron q eso se hace en todas las cuentas y con todos los cheques, muy convencido no quede … puedo hacer algun tipo de reclamo ??

    Gracias y Saludos desde la Patagonia
    Alejandro

    Alejandro Jodar | Jul 17, 2009 | Reply

  10. Es dificil que te cobren mal, pero si hay algo mal cobrado,
    podes recurrir a ADECUA http://www.adecua.org.ar/

    Saludos.

    Mr. TRADER | Jul 17, 2009 | Reply

  11. Recibo una cuota por una venta que se deposita en mi caja de ahorros. Este mes el depsito se realizo en cheque y me descontaron el impuesto ley 25413. Debo pedirle al deudor que deduzca previamente el impuesto del importe total de la cuota? o debo pagar yo el débito que me realiza el banco?

    romix | Jul 18, 2009 | Reply

  12. Hola romix , si vos queres recibir en tu cuenta X cantidad de dinero y el impuesto que te cobran es I
    entonces tenes que pedirle al deudor A cantidad de dinero
    A= X / (1-I)
    I expresado en decimal ( ej: 0.6% = 0.006 , 1.2% = 0.012 )
    ———————————————————————————————————-
    Te doy un ejemplo.
    Si vos necesitas que te pagen 100 y el impuesto es de 0.6%
    entonces
    A = 100 / ( 1 – 0.006) = 100.6036
    tu cliente pagara 100.6036 y depues del descuento te quedara en 100 .
    ———————————————————————————————————-
    En tu caso creo que debes estar afectada por un 1.2%.
    Si el cliente elige esa forma de pago , para tu sistema contable tiene que figurar como un pago de 100.
    Espero que pronto eliminen este impuesto .

    Mr. TRADER | Jul 19, 2009 | Reply

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  1. Jul 17, 2009: from Cuenta Corriente » MrTRADER.com.ar

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