Cobrar en negro parte del sueldo, juego muy actual y siempre el mismo engañado, el empleado.
Solo dos puntos para pensar.
Jubilación
Escucho a menudo decir, sobre todo a empleados jóvenes, “a mi no me afecta todavía lo previsional”. Este pensamiento viene desde lo simple de pensar que para el calculo del haber jubilatorio se toma el sueldo en blanco promedio de los últimos 10 años, entonces los jóvenes no ven motivos para querer aportar por ahora todo lo que se debe aportar, solo quieren sumar años.
Esta claro que no conocen ni una decima como funciona el sistema jubilatorio, no se piensa que hoy hay jubilados que dependen de esos aportes y tampoco se piensa que la recaudación total de la ANSES por recursos, hoy, sirve para el cálculo de coeficiente de movilidad para hoy y toda la historia, lo cual afectara el futuro de los jóvenes de hoy y la actualidad de sus viejos, pero obvio el que no sabe, ve y no siente.
Otro caso, en el cual nadie quiere pensar, si por algún motivo tiene que recibir una jubilación por invalidez, valdrán mucho los aportes que se hicieron durante los años que se trabajo.
Aseguradora de riesgos del trabajo (ART)
Como dije, en caso de accidentes de trabajo, la ART tomara para el calculo de la prestación complementaria y dineraria, el sueldo en blanco que se percibió los últimos 12 meses.
Artículo 12 de la ley 24.557
1. A los efectos de determinar la cuantía de las prestaciones dinerarias se considera ingreso base la cantidad que resulte de dividir la suma total de las remuneraciones sujetas a aportes y contribuciones, con destino al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, devengadas en los DOCE (12) meses anteriores a la primera manifestación invalidante, o en el tiempo de prestación de servicio si fuera menor a UN (1) año, por el número de días corridos comprendidos en el período considerado.
2. El valor mensual del ingreso base resulta de multiplicar la cantidad obtenido según el apartado anterior por 30,4.
Decreto 1694/2009 que reforma la ley en diciembre de 2009
Si queda incapacitado permanentemente por un accidente de trabajo y no puede seguir trabajando, se tendrá que jubilar por invalidez y aparte la ART tendrá que pagar una prestación complementaria.
Si muere, los derechohabientes recibirán prestaciones diversas por única vez o temporales, y todos los cálculos son en base al sueldo en blanco.
Pensemos, todo lo que depende del sueldo en blanco.
Cómo se calcula la jubilación y movilidad, ¿cuanto cobraré?
Empecemos a hacer conciencia y dejar de pensar solo en nosotros mismos y el AHORA… empecemos a crear un futuro mejor y a tener en cuenta a los demás.
Muy buena nota.
Slds.-
Lucas | Feb 9, 2010 | Reply
Por favor le solicito si me puede orientar. Tengo 51 años de edad, 20 años de aportes y varios años que no me hicieron los aportes ya que estaba en negro. Adelantandome un poco a la fecha en que debo jubilarme es que he decidido acogerme a algun plan de facilidades y aportar unos 3 o 4 años ya que en este pais uno no sabe hasta cuando tiene trabajo. Podria hacerlo como ama de casa?, o es preferible hacerlo como autonoma?. No me hicieron aportes desde los años 89 a 97. Desde ya muchas Gracias!!
Rosi | Jun 27, 2010 | Reply
Hola Rosi, consulta en la sede ANSES mas cercana.
saludos
Mr. Trade | Jun 27, 2010 | Reply
Tengo 60 años soy del año 1951.fi
ui a anses y me dijeron que me faltan 5 años y 7 meses de aporte por la ley de las amas de casa.pero no poseo dinero y quisiera me aconsejaran o me dijeran que puedo hacer o como pagar esos años que me faltan. porque tengo osteosporosis en la columna y artritis me estoy tratando pero todo es muy caro trabajo cociendo en mi casa pero no me alcanza. yo tenia la esperanza que la presidenta reconociera nuevan
mente esa ley pero no lo hizo y no creo que ya lo haga. desde ya muchas grasias.. NILDA
nilda | Nov 17, 2011 | Reply
hola buen dia yo quiero saber como ago para ver como estan mis tramites ,yo me los hice hace como tres meses el monotributo social.soy villa angela chaco muchas gracias.
laura marcela lopez | Nov 29, 2011 | Reply
Hola Laura, envia tu consulta a este email , registroefectores@desarrollosocial.gob.ar
Saludos
Mr. Trade | Nov 29, 2011 | Reply
Hola, quisiera saber cuál es puntualmente la diferencia en un recibo de sueldo de un empleado en blanco y de otro que tiene solo una parte blanqueada. Desde ya muchas gracias.
alejandro | Abr 3, 2012 | Reply
Excelente nota y todas las que he leido. Felicitaciones
Juan | Abr 27, 2012 | Reply
Hola, quisiera saber que impuestos debería pagar porque quiero vender un libro (digital) de historia de mi autoría por Internet y vender otro sobre arte de un autor extranjero, en esos sistemas de afiliados. Muchísimas gracias.
Javier | May 24, 2012 | Reply
Hola javier revisa en este sitio, http://autoresdeargentina.com/
Mr. Trade | May 25, 2012 | Reply
Gracias por la informaciones.
Pd: Creo que no le caen bien los jovenes.
walter | May 30, 2012 | Reply
Quisiera pensar que quien escribió esto esta al tanto de la situación actual de este país.trabajo en negro y no es mi deseo y pienso todos los días en La jubilación pero la necesidad me obliga a trabajar de este modo, es uno de los motivos que un empleador toma para no pagar y blanquear a sus empleados.
Natali | Oct 18, 2017 | Reply